Mientras en Santiago, la ministra del Trabajo y Previsión Social, Jeannette Jara; la ministra Secretaria General de Gobierno, Camila Vallejo, y el titular de la Secretaría General de la Presidencia, Álvaro Elizalde, participaron en una actividad de puesta en marcha,  en Tarapacá se realizó la entrega del Sello 40 Horas al Centro Tecnológico de Economía Circular, CircularTec, por ser empresa pionera en el cumplimiento de esta normativa en la región.

En ese contexto, la ministra Jeannette Jara señaló en la capital que la Ley de 40 Horas es “un logro importante para nuestro país, un logro para Chile, un logro, además, que inicia un camino a una reivindicación histórica por la cual muchos trabajadores, en los inicios del sindicalismo, incluso dieron su vida, que es tener una jornada laboral”. 

En la región de Tarapacá, el seremi del Trabajo y Previsión Social, Ignacio Prieto, sostuvo que “aproximadamente más de cien mil trabajadores y trabajadores se incorporan a la reducción de 45 a 44 horas semanales, es así como esta reducción gradual de la jornada laboral comienza este 26 de abril y se hace plenamente efectiva en 2028”.

El seremi de Gobierno, Rodrigo Vargas, manifestó que “el compromiso del Presidente Gabriel Boric con las y los trabajadores se cumple con esta Ley que permitirá reducir la jornada laboral estamos dando un gran paso, mejorando la calidad de vida de las y los trabajadores del país y haciendo cada vez más posible la conciliación entre el trabajo y la familia”.

Mientras que la Seremi del Deporte Vania Llantén expresó que “ahora con la reducción de una hora los trabajadores y trabajadoras tendrán más tiempo para realizar actividades al aire libre y deportes”.

Desde CircularTec, Albina Álvarez, trabajadora del Centro, comentó que con las 40 Horas “el día viernes trabajamos hasta las 13:30 horas y esto me permite disfrutar con mi familia, mi hijo, tener tiempo para mis mascotas y para descansar”.

Por su parte, Andreé Henríquez, director ejecutivo de CircularTec expresó y resaltó que “tener 40 Horas nos permite realizar actividades individuales de lectura, tiempo de deporte, cultura o lo que desee, y el contar con más tiempo significa que construimos mejores relaciones sociales, por vivir en comunidad”.

 

Principales alcances de la Ley 40 Horas

Dada la gradualidad contemplada en la Ley de 40 Horas, este año la jornada laboral se reduce de 45 a 44 horas de forma obligatoria. A esto se suma, en abril de 2026, una disminución a 42 horas y, luego, en 2028, que será cuando la ley entre completamente en régimen, a 40 horas. 

Sin perjuicio de lo anterior, las empresas pueden implementar las 40 horas voluntariamente desde ya y sin esperar la gradualidad. 

Con todo, respecto a la forma en que debe implementarse la reducción obligatoria, esta se puede acordar entre los empleadores y los sindicatos. De no haber sindicato, el acuerdo puede ser directamente entre los empleadores y los trabajadores.

Si no existe acuerdo, un dictamen emitido por la Dirección del Trabajo el 18 de abril pasado estableció el criterio para la aplicación. En esa línea, el pronunciamiento precisó que, tratándose de una jornada de lunes a viernes, el empleador deberá rebajar en una hora la jornada diaria en alguno de los 5 días que forman parte de la jornada semanal.

En el caso de una jornada semanal de 6 días, de lunes a sábado, el dictamen sostiene que el empleador deberá disminuir al menos 50 minutos en uno de los días de la jornada semanal y la fracción de 10 minutos, en otro día.

Entre otros aspectos que incorpora la nueva ley, destaca que las empresas que apliquen las 40 horas desde ya pueden acceder a otras regulaciones. Por ejemplo, acordar distribuir con los trabajadores que la jornada se distribuya en cuatro días de trabajo por tres de descanso, conocida como 4×3, lo que es una innovación adoptada también en otros países.

Además, se incorpora un sistema bandas horarias para trabajadores que son madres, padres o que tengan el cuidado personal de niños de hasta 12 años. De esta manera, podrán anticipar o retrasar hasta en una hora el comienzo de sus labores, lo que determinará también el horario de salida. 

Por ejemplo, si un trabajador ingresa por contrato a las 9.00 horas y sale a las 17.00 horas, podrá adelantar el ingreso a las 8.00 y retirarse a las 16.00; o bien, retrasar la entrada a las 10.00 y salir a las 18.00.

Para hacer uso de este derecho deberán entregar al empleador el respectivo certificado de nacimiento o la sentencia que le otorgue el cuidado personal de un niño o niña.